FACTORES DE ACUMULACIÓN Y DEDUCCIÓN DE INTERESES EJERCICIO 2001
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PERÍODO
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Por ciento acumulable de
los intereses devengados a favor
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Por ciento deducible de
los intereses devengados a cargo
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1º trimestre
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68.68%
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82.66%
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2º trimestre
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67.08%
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82.75%
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3º trimestre
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4º trimestre
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Los contribuyentes que no formen parte del sistema financiero, que efectúen sus pagos provisionales de forma trimestral y que no estén obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, podrán determinar los intereses acumulables y deducibles del ejercicio aplicando los factores trimestrales presentados en esta tabla, en lugar de efectuar el cálculo del componente inflacionario establecido en el artículo 7°-B de la Ley del ISR. Ello estará condicionado a que en el ejercicio tampoco acumulen o deduzcan ganancia o pérdida inflacionaria. Los contribuyentes que hubiesen aplicado esta facilidad en el ejercicio de 1999, sólo podrán aplicarla en el ejercicio de 2000, si en 1999 no acumularon o dedujeron ganancia o pérdida inflacionaria. (Regla Miscelánea 2000 No. 3.2.4 - Derogada a partir del 28 de julio de 2001)