ACUERDO que modifica el diverso por el que se establece
la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales
del Servicio de Administración Tributaria publicado el 21 de mayo de 2008.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:
Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.
ACUERDO
que modifica el diverso por el que se establece la circunscripción territorial
de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración
Tributaria publicado en el Diario Oficial de
ARTICULO
PRIMERO.-
Se REFORMA el Artículo Segundo del
ACUERDO por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades
administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado
en el Diario Oficial de
“Artículo
Segundo.
Las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración
Tributaria denominadas Aduanas, de conformidad con el apartado B del artículo 37
del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, ejercerán sus
facultades dentro de la circunscripción territorial que les corresponda conforme
a las siguientes fracciones y contarán con las secciones aduaneras que para cada
una de ellas se establece:
I.
ADUANA DE AGUASCALIENTES: Los estados de Aguascalientes, San Luis Potosí y
Zacatecas.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras del Parque Multimodal Interpuerto, en el
Municipio de San Luis Potosí, en el Estado de San Luis Potosí; la del Aeropuerto
Internacional General Leobardo C. Ruiz, en el Municipio de Calera, en el Estado
de Zacatecas; la de
II.
ADUANA DE ENSENADA: Los municipios de Playas de Rosarito y Ensenada, en el
Estado de Baja California.
Depende de
esta Aduana
III.
ADUANA DE MEXICALI: El Municipio de Mexicali, en el Estado de Baja California.
Dependen de
esta Aduana las secciones aduaneras de Los Algodones y la de San Felipe, ambas
en el Municipio de Mexicali, en el Estado de Baja California.
IV.
ADUANA DE TECATE: El Municipio de Tecate, en el Estado de Baja California.
V.
ADUANA DE TIJUANA: El Municipio de Tijuana, en el Estado de Baja California.
Depende de
esta Aduana
VI.
ADUANA DE
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de San José del Cabo y la de Cabo San
Lucas, ambas en el Municipio de Los Cabos; la de Santa Rosalía, en el Municipio
de Mulegé; la de Loreto, en el Municipio de Loreto, la de Los Olivos y la de
Pichilingüe, ambas en el Municipio de
VII.
ADUANA DE CIUDAD DEL CARMEN: El Estado de Campeche.
Depende de
esta Aduana
VIII.
ADUANA DE CIUDAD ACUÑA: Los municipios de Acuña, Cuatro Ciénegas, Lamadrid,
Múzquiz, Nadadores, Ocampo, Sacramento, San Buenaventura y Sierra Mojada, en el
Estado de Coahuila.
IX.
ADUANA DE PIEDRAS NEGRAS: Los municipios de Abasolo, Allende, Arteaga, Candela,
Castaños, Escobedo, Frontera, Guerrero, General Cepeda, Hidalgo, Juárez,
Jiménez, Monclova, Morelos, Nava, Piedras Negras, Progreso, Ramos Arizpe,
Sabinas, San Juan de Sabinas, Saltillo, Villa Unión y Zaragoza, en el Estado de
Coahuila.
Dependen de
esta Aduana las secciones aduaneras del Aeropuerto Internacional Plan de
Guadalupe, en el Municipio de Ramos Arizpe y la de Río Escondido, en el
Municipio de Nava, ambos en el Estado de Coahuila.
X.
ADUANA DE TORREON: Los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Parras, San
Pedro, Torreón y Viesca, en el Estado de Coahuila, y el Estado de Durango.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de Gómez Palacio, en el Municipio de Gómez
Palacio y la del Aeropuerto Internacional General Guadalupe Victoria, en el
Municipio de Durango, ambos en el Estado de Durango.
XI.
ADUANA DE MANZANILLO: El Estado de Colima.
Depende de
esta Aduana,
XII.
ADUANA DE CIUDAD HIDALGO: Los municipios de Acacoyagua, Acala, Acapetahua,
Aldama, Amatenango De
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de Ciudad Talismán, en el Municipio de
Tuxtla Chico; la de Puerto Chiapas y la del Aeropuerto Internacional de
Tapachula, ambas en el Municipio de Tapachula, y la de Ciudad Cuauhtémoc, en el
Municipio de Frontera Comalapa, todos en el Estado de Chiapas.
XIII.
ADUANA DE CIUDAD JUAREZ: Los municipios de Ahumada, Guadalupe, Juárez y Praxedis
G. Guerrero, en el Estado de Chihuahua.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras del Puente Internacional Zaragoza Isleta,
la de San Jerónimo-Santa Teresa y la del Aeropuerto Internacional Abraham
González, todas en el Municipio de Juárez, en el Estado de Chihuahua.
XIV.
ADUANA DE CHIHUAHUA: Los municipios de Aldama, Aquiles Serdán, Bachíniva,
Bocoyna, Balleza, Batopilas, Carichí, Chihuahua, Chínipas, Cuauhtémoc,
Cusihuiriachi, Delicias, Doctor Belisario Domínguez,
El Tule, Gran Morelos, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Guazapares, Guerrero,
Hidalgo del Parral, Huejotitán, Julimes, Maguarichi, Matamoros, Meoqui, Morelos,
Moris, Namiquipa, Nonoava, Ocampo, Riva Palacio, Rosales, Rosario, San Francisco
de Borja, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Santa Isabel, Satevó, Saucillo,
Urique, Uruachi y Valle de Zaragoza, en el Estado de Chihuahua.
Dependen de
esta Aduana las secciones aduaneras del Parque Industrial Las Américas y la del
Aeropuerto Internacional General Roberto Fierro Villalobos, ambas en el
Municipio de Chihuahua, en el Estado de Chihuahua.
XV.
ADUANA DE OJINAGA: Los municipios de Allende, Camargo, Coronado, Coyame del
Sotol, Jiménez,
XVI.
ADUANA DE PUERTO PALOMAS: Los municipios de Ascención, Buenaventura, Casas
Grandes, Janos, Galeana, Gómez Farías, Ignacio Zaragoza, Madera, Matachí, Nuevo
Casas Grandes y Temósachi, en el Estado de Chihuahua.
XVII.
ADUANA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras denominadas Satélite, para importación y
exportación por vía aérea y la del Centro Postal Mecanizado, por vía postal y
por tráfico aéreo, ambas dentro de las instalaciones del Aeropuerto
Internacional "Benito Juárez" de
XVIII.
ADUANA DE MEXICO: Los municipios de Acolman, Amecameca, Apaxco, Atenco, Atizapán
de Zaragoza, Atlautla, Axapusco, Ayapango, Chalco, Chiautla, Chicoloapan,
Chiconcuac, Chimalhuacán, Coacalco de Berriozábal, Cocotitlán, Coyotepec,
Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Huehuetoca,
Hueypoxtla, Huixquilucan, Isidro Fabela, Ixtapaluca, Jaltenco, Jilotzingo,
Juchitepec,
Depende de
esta Aduana
XIX.
ADUANA DE ACAPULCO: Los municipios de Acapulco de Juárez, Acatepec,
Ahuacuotzingo, Ajuchitlán del Progreso, Alcozauca de Guerrero, Alpoyeca,
Apaxtla, Arcelia, Atenango del Río, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Atoyac
de Alvarez, Ayutla de los Libres, Azoyú, Buenavista de Cuellar, Benito Juárez,
Cochoapa el Grande, Cocula, Copala, Copalillo, Copanatoyac, Coyuca de Benítez,
Coyuca de Catalán, Cuajinicuilapa, Cualác, Cuauhtepec, Cuetzala del Progreso,
Cutzamala de Pinzón, Chilapa de Alvarez, Chilpancingo de los Bravo, Eduardo
Neri, Florencio Villarreal, Gral. Canuto A. Neri, Gral. Heliodoro Castillo,
Huamuxtitlán, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de
Depende de
esta Aduana
XX.
ADUANA DE GUADALAJARA: Los estados de Jalisco y Nayarit.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de Puerto Vallarta, en el Municipio de
Puerto Vallarta y la de
XXI.
ADUANA DE TOLUCA: Los municipios de Acambay, Aculco, Almoloya de Alquisiras,
Almoloya de Juárez, Almoloya del Río, Amanalco, Amatepec, Atizapán, Atlacomulco,
Calimaya, Capulhuac, Chapa de Mota, Chapultepec, Coatepec Harinas, Donato
Guerra, El Oro, Ixtapan de
XXII.
ADUANA DE LAZARO CARDENAS: Los municipios de Aguililla, Apatzingán, Aquila,
Arteaga, Buenavista, Carácuaro, Chinicuila, Churumuco, Coahuayana, Coalcomán de
Vázquez Pallares, Huetamo, Juárez,
Depende de
esta Aduana
XXIII.
ADUANA DE COLOMBIA: Los municipios de Agualeguas, Anáhuac, Bustamante, Cerralvo,
Dr. Coss, Gral. Treviño, Higueras, Lampazos de Naranjo, Los Aldamas, Los
Herreras, Melchor Ocampo, Mina, Parás, Sabinas Hidalgo, Vallecillo y Villaldama,
en el Estado de Nuevo León.
XXIV.
ADUANA DE MONTERREY: Los municipios de Allende, Apodaca, Aramberri, Cadereyta
Jiménez, Carmen, China, Ciénega de Flores, Dr. Arroyo, Dr. González, Galeana,
Gral. Escobedo, Gral. Terán, Gral. Zaragoza, Gral. Zuazua, Guadalupe,
Hualahuises, Iturbide, Juárez, Linares, Los Ramones, Marín, Mier y Noriega,
Montemorelos, Monterrey, Pesquería, Rayones, Salinas Victoria, San Nicolás de
los Garza, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, en el Estado de
Nuevo León.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras del Aeropuerto Internacional General
Mariano Escobedo, en el Municipio de Apodaca y la de la terminal ferroviaria de
Transporte Ferroviario Mexicano, en el Municipio de Salinas Victoria, ambos en
el Estado de Nuevo León.
XXV.
ADUANA DE SALINA CRUZ: El Estado de Oaxaca.
Depende de
esta Aduana
XXVI.
ADUANA DE PUEBLA: Los estados de Morelos, Tlaxcala y Puebla, excepto el
Municipio de Xicotepec de Juárez.
Dependen
de esta Aduana, las secciones aduaneras de Tlaxcala, en el Municipio de
Atlangatepec, en el Estado de Tlaxcala; la de Cuernavaca, en el Municipio de
Jiutepec, en el Estado de Morelos; la del Aeropuerto Internacional Hermanos
Serdán, en el Municipio de Huejotzingo, en el Estado de Puebla y la denominada
XXVII.
ADUANA DE GUANAJUATO: El Estado de Guanajuato.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de Celaya, en el Municipio de Celaya y la
del Aeropuerto Internacional de Guanajuato, en el Municipio de Silao, ambos en
el Estado de Guanajuato.
XXVIII.
ADUANA DE QUERETARO: Los estados de Hidalgo y Querétaro, y los municipios de
Acuitzio, Alvaro Obregón, Angamacutiro, Angangueo, Aporo, Ario, Charapan, Charo,
Chavinda, Cherán, Chilchota, Chucándiro, Churintzio, Coeneo, Cojumatlán de
Régules, Contepec, Copándaro, Cotija, Cuitzeo, Ecuandureo, Epitacio Huerta,
Erongarícuaro, Gabriel Zamora, Hidalgo, Huandacareo, Huaniqueo, Huiramba,
Indaparapeo, Irimbo, Ixtlán, Jacona, Jiménez, Jiquilpan, José Sixto Verduzco,
Jungapeo, Lagunillas,
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras del Aeropuerto Intercontinental de
Querétaro, en los municipios el Marqués y Colón, en el Estado de Querétaro; la
de Tizayuca, en el Municipio de Tizayuca y la de Hidalgo, en el Municipio de
Atotonilco de Tula, ambas en el Estado de Hidalgo y la de Morelia en el
Municipio de Morelia, en el Estado de Michoacán.
XXIX.
ADUANA DE CANCUN: Los municipios de Felipe Carrillo Puerto, Cozumel, Lázaro
Cárdenas, Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Tulum, todos en el Estado
de Quintana Roo.
Dependen
de esta Aduana, las secciones aduaneras de Puerto Morelos, en el Municipio de
Benito
Juárez y la del Aeropuerto Internacional de Cozumel, en el Municipio de Cozumel,
ambos en el Estado de Quintana Roo.
XXX.
ADUANA DE SUBTENIENTE LOPEZ: Los municipios de José María Morelos y Othón P.
Blanco, en el Estado de Quintana Roo.
XXXI.
ADUANA DE MAZATLAN: El Estado de Sinaloa.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de Topolobampo, en el Municipio de Ahome y
la del Aeropuerto Internacional de Culiacán, en el Municipio de Culiacán, ambos
en el Estado de Sinaloa.
XXXII.
ADUANA DE AGUA PRIETA: Los municipios de Agua Prieta, Bacadéhuachi, Bacerac,
Bavispe, Cumpas, Divisaderos, Fronteras, Granados, Huachinera, Huásabas,
Moctezuma, Nácori Chico, Nacozari de García y Villa Hidalgo, en el Estado de
Sonora.
XXXIII.
ADUANA DE GUAYMAS: Los municipios de Alamos, Arivechi, Bacanora, Bácum,
Baviácora, Benito Juárez, Cajeme, Carbó, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo,
Huatabampo,
San Javier, San Miguel de Horcasitas, San Pedro de
Dependen
de esta Aduana las secciones aduaneras del Aeropuerto Internacional General
Ignacio Pesqueira Garcia, la de Parque Industrial Dynatech, ambas
en el Municipio de Hermosillo, la de Ciudad Obregón adyacente al Aeropuerto
de Ciudad Obregón, en el Municipio de Cajeme, todos en el Estado de Sonora.
XXXIV.
ADUANA DE NACO: Los municipios de Aconchi, Arizpe, Bacoachi, Banámichi, Cananea,
Huépac, Imuris, Naco, San Felipe de Jesús y Santa Cruz, en el Estado de Sonora.
XXXV.
ADUANA DE NOGALES: Los municipios de Altar, Atil, Benjamín Hill, Cucurpe,
Magdalena, Nogales, Oquitoa, Santa Ana, Sáric y Tubutama, en el Estado de
Sonora.
Depende de
esta Aduana
XXXVI.
ADUANA DE SAN LUIS RIO COLORADO: El Municipio de San Luis Río Colorado, en el
Estado de Sonora.
XXXVII.
ADUANA DE SONOYTA: Los municipios de Caborca, General Plutarco Elías Calles,
Puerto Peñasco y Pitiquito, en el Estado de Sonora.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de San Emeterio, en el Municipio de General
Plutarco Elías Calles y la de Sonora, en el Municipio de Pitiquito, ambos en el
Estado de Sonora.
XXXVIII.
ADUANA DE DOS BOCAS: El Estado de Tabasco y los municipios de Altamirano,
Amatán, Benemérito de las Américas, Amatenango de
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras del Aeropuerto Internacional C.P.A. Carlos
Rovirosa Pérez, en
XXXIX.
ADUANA DE ALTAMIRA: Los municipios de Aldama, Altamira, Bustamante, Casas, Gómez
Farías, González, Güémez, Jaumave, Llera, Miquihuana, Padilla, Palmillas, Soto
Depende de
esta Aduana
XL.
ADUANA DE CIUDAD CAMARGO: Los municipios de Camargo y Gustavo Díaz Ordaz, en el
Estado de Tamaulipas.
XLI.
ADUANA DE CIUDAD MIGUEL ALEMAN: Los municipios de Guerrero, Mier, y Miguel
Alemán, en el Estado de Tamaulipas.
Depende de
esta Aduana
XLII.
ADUANA DE CIUDAD REYNOSA:
Los
municipios de Burgos, Hidalgo, Mainero, Méndez, Reynosa, Río Bravo, San Carlos,
San Nicolás y Villagrán, en el Estado de Tamaulipas, así como el Municipio de
General Bravo, en el Estado de Nuevo León.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras de Las Flores y la de Río Bravo-Donna ambas
en el Municipio de Río Bravo, la del Aeropuerto Internacional General Lucio
Blanco y la de Anzaldúas, ambas en el Municipio de Reynosa, todos en el Estado
de Tamaulipas.
XLIII.
ADUANA DE MATAMOROS: Los municipios de Abasolo, Cruillas, Jiménez, Matamoros,
San Fernando y Valle Hermoso, en el Estado de Tamaulipas.
Dependen de
esta Aduana, las secciones aduaneras del Puerto el Mezquital, de Lucio
Blanco-Los Indios y la del Aeropuerto Internacional General Servando Canales,
todas en el Municipio de Matamoros, en el Estado de Tamaulipas.
XLIV.
ADUANA DE NUEVO LAREDO: El Municipio de Nuevo Laredo, en el Estado de
Tamaulipas.
Dependen de
esta Aduana las secciones aduaneras Estación Sánchez y la del Aeropuerto
Internacional de Nuevo Laredo “Quetzalcoalt”, ambas en el Municipio de Nuevo
Laredo, en el Estado de Tamaulipas.
XLV.
ADUANA DE TAMPICO: Los municipios de Antiguo Morelos, Ciudad Madero, El Mante,
Nuevo Morelos, Ocampo, Tampico y Tula, en el Estado de Tamaulipas, así como los
municipios de Pánuco, Pueblo Viejo y Tampico Alto, en el Estado de Veracruz.
XLVI.
ADUANA DE TUXPAN: Los municipios de Alamo Temapache, Benito Juárez, Castillo de
Teayo, Cazones de Herrera, Cerro Azul, Chalma, Chiconamel, Chicontepec, Chinampa
de Gorostiza, Chontla, Chumatlán, Citlaltépetl, Coahuitlán, Coatzintla,
Coxquihui, Coyutla, El Higo, Espinal, Filomeno Mata, Gutiérrez Zamora,
Huayacocotla, Ilamatlán, Ixcatepec, Ixhuatlán de Madero, Martínez de
XLVII.
ADUANA DE VERACRUZ: Los municipios de Acajete, Acatlán, Actopan, Acula,
Acultzingo, Alpatláhuac, Altotonga, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Alvarado,
Amatitlán, Amatlán de los Reyes, Angel R. Cabada, Apazapan, Aquila, Astacinga,
Atlahuilco, Atoyac, Atzacan, Atzalan, Ayahualulco, Banderilla, Boca del Río,
Calcahualco, Camarón de Tejeda, Camerino Z. Mendoza, Carlos A. Carrillo,
Carrillo Puerto, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chocamán, Coatepec,
Coacoatzintla, Coetzala, Colipa, Comapa, Córdoba, Cosamaloapan, Cosautlán de
Carvajal, Coscomatepec, Cotaxtla, Cuichapa, Cuitláhuac, Emiliano Zapata, Fortín,
Huatusco, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ignacio de
Depende de
esta Aduana
XLVIII.
ADUANA DE COATZACOALCOS: Los municipios de Acayucan, Agua Dulce, Catemaco,
Chinameca, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Isla,
Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Jesús Carranza, José Azueta, Juan Rodríguez
Clara, Las Choapas, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro
Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, Playa Vicente, San Andrés Tuxtla, San
Juan Evangelista, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan,
Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza, en el Estado de
Veracruz.
Depende de
esta Aduana
XLIX.
ADUANA DE PROGRESO: El Estado de Yucatán.
Depende de
esta Aduana
ARTICULO
SEGUNDO.-
Se REFORMA el Artículo Cuarto del
ACUERDO por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades
administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado
en el Diario Oficial de
“Artículo
Cuarto.
Las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración
Tributaria denominadas Administraciones Regionales de Evaluación, de conformidad
con el apartado C del artículo 37 del Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria, ejercerán sus facultades dentro de la circunscripción
territorial que les corresponda conforme a las siguientes fracciones:
I.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL NORESTE: Los estados de Nuevo León y
Tamaulipas.
II.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL NOROESTE: Los estados de Sinaloa y
Sonora.
III.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL PACIFICO NORTE: Los Estados de Baja
California y Baja California Sur.
IV.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL NORTE CENTRO: Los estados de
Chihuahua, Coahuila, Durango y Zacatecas.
V.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL CENTRO: Los estados de Guanajuato,
Hidalgo, Michoacán, Querétaro y San Luis Potosí.
VI.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL OCCIDENTE: Los estados de
Aguascalientes, Colima, Jalisco y Nayarit.
VII.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL PACIFICO CENTRO: Los estados de
Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala.
VIII.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL SUR: Los estados de Chiapas, Oaxaca,
Tabasco y Veracruz.
IX.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION DEL SURESTE: Los estados de Campeche,
Quintana Roo y Yucatán.
X.
ADMINISTRACION REGIONAL DE EVALUACION METROPOLITANA: El Estado de México y el
Distrito Federal.”
Transitorios
Primero.
El Artículo Primero del presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de
Segundo.
El Artículo Segundo del presente Acuerdo entrará en vigor el día 01 de agosto de
2010.
Tercero.
Se dejan sin efectos todas las disposiciones administrativas que se opongan al
presente ordenamiento.
Atentamente.
México, D. F., a 8 de julio de 2010.- El Jefe del Servicio
de Administración Tributaria, Alfredo
Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.