ACUERDO por el que se modifica y adiciona el diverso mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo y el Programa para el Desarrollo Local Microrregiones, publicado el 30 de diciembre de 2007.        DOF  04/JUL/2008

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo
y Previsión Social.

JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 2, 4, 5 y 6, fracciones I y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 23 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 y el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Artículo Unico.- Se modifica y adiciona el Acuerdo mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo y el Programa para el Desarrollo Local Microrregiones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2007, en los siguientes términos:

1.      Se modifica la denominación de las “Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo y el Programa para el Desarrollo Local Microrregiones”, para quedar como “Reglas de Operación
del Programa de Apoyo al Empleo”.

2.      En el numeral 1. Introducción, se adiciona un cuarto párrafo y se modifica la segunda viñeta “Portal del Empleo”, para quedar como sigue:

“1. Introducción

Cabe mencionar que la CGE podrá desarrollar pruebas piloto encaminadas a atender necesidades específicas de la población en materia de empleo y/u ocupación productiva, así como a complementar los subprogramas actuales, sin que lo anterior implique necesariamente asignaciones extraordinarias de recursos por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). La operación de dichas pruebas se llevará a cabo con base en lineamientos generales de operación específicos para cada una de ellas.

      

      Portal del Empleo. Es un instrumento de política laboral que promueve la incorporación de la población al mercado de trabajo a través de servicios de información, orientación y capacitación, que permiten a los buscadores de empleo encontrar una opción de trabajo o en su caso, mejorar sus posibilidades de ocupación; y a los empleadores seleccionar los recursos humanos adecuados para cubrir sus ofertas de empleo. Dicho instrumento pone a disposición de la ciudadanía una herramienta tecnológica en la que se concentran la oferta y la demanda de trabajo, así como información en materia laboral. El Portal del Empleo está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año en la dirección electrónica: www.empleo.gob.mx, tiene cobertura nacional y es un servicio gratuito para personas y empresas.

…”

3.      En el numeral 3.3.3.1.2. Procedimiento de reclutamiento y selección, se modifica el inciso f) para quedar como sigue:

“3.3.3.1.2. Procedimiento de reclutamiento y selección

f)      Con el propósito de ampliar las perspectivas de empleo de la población que ya fue beneficiada por el Subprograma y que requiera volver a participar en éste para fortalecer su inserción laboral, el SNE en la entidad federativa podrá incorporar ex beneficiarios en todas sus modalidades de capacitación, siempre y cuando el total de su capacitación durante el ejercicio fiscal no exceda seis meses y el requerimiento de intervenciones adicionales se deba a que:

i)       La capacitación inicial no respondió a las expectativas del mercado, haciéndose necesario reorientar su perfil laboral, o

ii)      La capacitación recibida requiera de mayor especialización.

…”

4.      En el numeral 3.3.3.2.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos, se modifica la viñeta novena y se adiciona la décimo tercera del inciso A). Capacitación Mixta, y se modifica la segunda viñeta del segundo inciso B). Capacitación en la Práctica Laboral, en los siguientes términos:

“3.3.3.2.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos

De acuerdo a las siguientes modalidades de capacitación:

A)      Capacitación Mixta

      Proporcionar al beneficiario un seguro de accidentes y servicio médico de primer nivel de atención;

      Emitir y entregar un comprobante que acredite la participación de los beneficiarios en el curso.

Para aquellas empresas que soliciten más de una vez a personas desempleadas para capacitar durante un ejercicio fiscal deberán cubrir, además de los requisitos anteriores, los siguientes:

A)

B)      Capacitación en la Práctica Laboral

      Haber contratado a egresados del curso con un salario igual o mayor al monto de la beca otorgada, de no haber sido así, deberá transcurrir un año para que pueda volver a solicitar su participación.

5.      El numeral 3.3.4. Características de los apoyos (tipo y monto), se modifica para quedar como sigue:

“3.3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

Los apoyos se otorgarán en los conceptos que se señalan a continuación, conforme a las siguientes modalidades de capacitación:

A) Capacitación Mixta

Se orienta a impulsar la incorporación de personas desempleadas a un empleo formal a través de cursos de capacitación, con duración de uno a tres meses, los cuales son gestionados por el sector empresarial y realizados por el mismo en acuerdo con el SNE en la entidad federativa. Durante el tiempo que dure la capacitación, se proporciona apoyo económico al beneficiario por un monto de entre uno y tres salarios mínimos mensuales de la zona económica donde se imparta el curso.

B) Capacitación en la Práctica Laboral

A través de esta modalidad los empresarios pueden contar con beneficiarios del Subprograma durante un periodo de uno a tres meses, que los apoyarán en el desarrollo de sus actividades empresariales, con la posibilidad de contratarlos una vez concluida su capacitación. Por su parte, los beneficiarios son capacitados en la empresa, taller o negocio sobre la ocupación u oficio de su interés, cuentan con la asesoría personalizada de un instructor monitor y reciben del Subprograma, apoyo económico por un monto de entre uno y tres salarios mínimos mensuales de la zona económica donde se imparta el curso.

C) Capacitación para el Autoempleo

Se dirige a apoyar a los desempleados y subempleados cuyo perfil e interés se orientan a desarrollar una actividad productiva por cuenta propia, pero requieren fortalecer sus conocimientos y habilidades tanto técnicas como administrativas. Los cursos deberán ser prácticos, con una duración de uno a tres meses, y se impartirán en planteles educativos o instalaciones que reúnan las condiciones necesarias para su desarrollo. Durante el tiempo que dure la capacitación, se proporciona apoyo económico al beneficiario por un monto de un salario mínimo mensual de la zona económica donde se imparta el curso de capacitación.

D) Capacitación Productiva

Dirigida a apoyar a subempleados constituidos en un grupo o proyecto productivo en operación, que requieren adquirir o incrementar sus conocimientos y habilidades tanto técnicas como administrativas. Los cursos deberán ser preferentemente prácticos, con una duración de uno a tres meses y se impartirán en lugares específicos donde el proceso de capacitación lo requiera y con instructores debidamente calificados. Se proporciona apoyo económico al beneficiario por un monto de un salario mínimo mensual de la zona económica donde se imparta el curso de capacitación, durante el tiempo que dure el mismo.

E) Vales de Capacitación -Prueba Piloto-

Esta modalidad en prueba se dirige a apoyar desempleados y subempleados que requieran reconvertir, fortalecer o complementar sus conocimientos y aptitudes laborales. En este caso, se otorga al beneficiario un vale de hasta tres salarios mínimos, de acuerdo a la zona económica correspondiente, que cubre los servicios de capacitación (inscripción, colegiaturas y materiales) y/o el costo de certificación laboral del beneficiario, por un periodo de uno a tres meses durante los cuales se proporciona apoyo económico al beneficiario por un monto de uno a tres salarios mínimos mensuales de la zona económica donde se imparta el curso de capacitación.

Cabe mencionar que esta prueba piloto operará exclusivamente con recursos provenientes de la aportación estatal comprometida en el Convenio de Coordinación para Fortalecer el Financiamiento del PAE, para lo cual se podrá destinar hasta un 40% de tal aportación. No obstante, cuando existan requerimientos específicos del sector productivo nacional o internacional y ligado a ellos, expectativas de colocación para los participantes egresados, se podrá hacer uso de recursos federales para financiar la capacitación y/o certificación laboral del beneficiario en esta modalidad, previa autorización de la CGE.

Para cada modalidad de capacitación los apoyos e importes son los siguientes:

APOYOS

BECATE

MODALIDADES DE CAPACITACION

Capacitación Mixta

Capacitación en la Práctica Laboral

Capacitación para el Autoempleo

Capacitación Productiva

Prueba piloto

Vales de Capacitación

Pago de instructores

A cargo de la empresa participante

A cargo del Subprograma BECATE

A cargo del Subprograma BECATE

A cargo del Subprograma BECATE

No aplica

Materiales que se consumen en el proceso de enseñanza aprendizaje

A cargo de la empresa participante

A cargo de la empresa participante

A cargo del Subprograma BECATE*

A cargo del Subprograma BECATE*

No aplica

Vale de Capacitación (inscripción, colegiatura, materiales y/o el costo de certificación laboral del beneficiario).

No aplica

No aplica

No aplica

No aplica

A cargo del Subprograma BECATE

Hasta tres salarios mínimos mensuales

De uno a tres meses

Beca durante el tiempo que dure el curso de capacitación, de acuerdo a la zona económica.**

A cargo del Subprograma BECATE

De uno a tres salarios mínimos mensuales

De uno a tres meses

A cargo del Subprograma BECATE

De uno a tres salarios mínimos mensuales

De uno a tres meses

A cargo del Subprograma BECATE

Un salario mínimo mensual

De uno a tres meses

A cargo del Subprograma BECATE

Un salario mínimo mensual

De uno a tres meses

A cargo del Subprograma BECATE

De uno a tres salarios mínimos mensuales

De uno a tres meses

Ayuda de transporte, de 15 pesos por día, durante el tiempo que dure el curso de capacitación.

A cargo del Subprograma BECATE

(***)

A cargo del Subprograma BECATE

(***)

A cargo del Subprograma BECATE

 

A cargo del Subprograma BECATE

 

A cargo del Subprograma BECATE

 

Seguro de accidentes, durante el tiempo que dure el curso de capacitación

A cargo de la empresa participante

A cargo del Subprograma BECATE

A cargo del Subprograma BECATE

A cargo del Subprograma BECATE

A cargo del Subprograma BECATE

Servicio médico de primer nivel de atención, durante el tiempo que dure el curso de capacitación

A cargo de la empresa participante

No aplica

No aplica

No aplica

No aplica

(*) Los costos de materiales podrán ser cubiertos por las instituciones o centros de capacitación estatales o municipales.

(**) El monto del salario mínimo diario vigente en 2008 de acuerdo a las zonas económicas es: Zona A: $52.59, Zona B: $50.96 y Zona C: $49.50.

(***) El monto del transporte podrá ser cubierto por la empresa participante.

La atención a profesionistas y técnicos desempleados, así como recién egresados de instituciones educativas de nivel técnico y superior se realizará, preferentemente, en las modalidades de capacitación que se desarrollen directamente en las empresas. De igual modo, serán elegibles de recibir los apoyos del Subprograma, las personas que recuperan su libertad después de cumplir total o parcialmente una sentencia penal.

6.      En el numeral 3.3.5.1.1. De la población beneficiaria, se modifica la quinta viñeta del apartado
“Por parte del Subprograma BECATE”, y asimismo se modifica la segunda viñeta y se adiciona una tercera en el apartado “Por parte del centro de Capacitación o Empresa participante”, para quedar como sigue:

“3.3.5.1.1. De la población beneficiaria:

Por parte del Subprograma BECATE:

      Ayuda de transporte, durante el tiempo que dure el curso de capacitación. En el caso de las modalidades Capacitación Mixta y Capacitación en la Práctica Laboral, la empresa podrá otorgar este apoyo.

Por parte del Centro de Capacitación o Empresa participante:

      Seguro de accidentes y servicio médico de primer nivel de atención para los beneficiarios de la modalidad de Capacitación Mixta;

      Ayuda de transporte por parte de la empresa, cuando así se acuerde con el SNE;

…”

7.      En el numeral 3.4.1.3.1.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos, se modifican la cuarta, sexta y octava viñetas, para quedar como sigue:

“3.4.1.3.1.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos

      Tener experiencia o estar capacitados en el giro de actividad de la iniciativa de ocupación por cuenta propia propuesta;

      Comprobar por lo menos dos años de residencia en el lugar. En el caso de personas que hayan estado recluidas, deberán entregar copia del oficio de liberación o preliberación del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) o Centro de Readaptación Social (CERESO) correspondiente;

       No haber recibido apoyos económicos de otro Subprograma del PAE durante el ejercicio fiscal, excepto cuando, se hubiesen recibido por haber participado en cursos de Capacitación Productiva o de Autoempleo del Subprograma BECATE, hayan sido beneficiarios del Subprograma Repatriados Trabajando, o en caso ser liberados o preliberados, hayan recibido apoyo por parte del Subprograma Empleo Formal, y

…”

8.      En el numeral 3.4.1.3.1.2. Procedimiento de selección, se modifican los incisos c) y e), para quedar como sigue:

“3.4.1.3.1.2. Procedimiento de selección:

c)      Una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos, el SNE de la entidad federativa, comunicará a los beneficiarios en un plazo máximo de 20 días hábiles, que ha sido aceptada su iniciativa de ocupación por cuenta propia y que sólo restaría por parte del SNE de la entidad federativa, recabar tres cotizaciones técnicamente comparables de los bienes considerados en este Subprograma por cada iniciativa de ocupación por cuenta propia, de las cuales se elegirá la mejor oferta, para someterla a consideración de la CGE. Si el SNE de la entidad federativa no resuelve en dicho plazo, se entenderá que la respuesta fue en sentido positivo, lo cual estará sujeto a que se cuente con la disponibilidad presupuestaria;

e)      En la situación particular en que se presenten más solicitantes que recursos disponibles, se dará prioridad a las personas que cumpliendo con los requisitos señalados, hayan presentado primero su solicitud.

…”

9.      En el numeral 3.4.1.3.2.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos, se modifica la primera viñeta para quedar como sigue:

“3.4.1.3.2.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos

      Deberán ser rentables económicamente y viables, es decir, que aseguren una ganancia suficiente para los participantes y al mismo tiempo, que sean viables en términos de los objetivos del Subprograma, la consolidación y/o generación de empleos, así como la mejora en los ingresos.

…”

10.    En el numeral 3.4.1.4. Características de los apoyos (tipo y monto), se modifica el primer párrafo y se suprime el segundo párrafo, para quedar como sigue:

“3.4.1.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

Cada iniciativa de ocupación por cuenta propia se podrá apoyar en especie mediante el otorgamiento de herramientas, equipo y/o maquinaria para la producción o prestación de servicios, cuyo costo deberá estar en un rango máximo de $25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), por cada persona participante y hasta $125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), cuando el número de integrantes de la iniciativa de ocupación por cuenta propia sea por lo menos de cinco. La entrega de los bienes a los beneficiarios se formalizará mediante la firma de una acta de entrega y recepción (véase Manual). Los bienes se entregarán a los beneficiarios y su aprovechamiento será sujeto a observación, mediante visitas de seguimiento, durante doce meses a partir de la fecha en que la iniciativa de ocupación comience a operar; de constatarse su uso adecuado, se entregarán en definitiva a los beneficiarios.

11.    En el numeral 3.4.1.5.2. Obligaciones, se modifica la sexta viñeta, y se adicionan la séptima y décima primera viñetas, para quedar como sigue:

“3.4.1.5.2. Obligaciones

      Dedicarse de tiempo completo a la iniciativa de ocupación por cuenta propia, cuando ésta ya se encuentre en operación;

      Cuando la iniciativa de ocupación sea de nueva creación, los beneficiarios deberán tener ésta como actividad principal.

      Notificar al SNE de la entidad federativa, la fecha de inicio de operación de la iniciativa de ocupación, la cual no podrá exceder de 30 días posteriores a la fecha de entrega de los bienes.

12.    El numeral 3.4.1.5.3. Sanciones, se modifica en los siguientes términos:

“3.4.1.5.3. Sanciones

En el caso de las personas beneficiadas con bienes que, de acuerdo con el Manual, no los utilicen en el giro de las iniciativas de ocupación por cuenta propia para lo cual se asignaron, se utilicen en actividad distinta a la originalmente aprobada o que no inicien su operación en las fechas establecidas, deberán reintegrarlos para ser reasignados a otros candidatos que cumplan con los criterios de elegibilidad y/o requisitos.

13.    El numeral 3.4.2.3.2. Procedimiento de selección de los beneficiarios, se modifica para quedar como sigue:

“3.4.2.3.2. Procedimiento de selección de los beneficiarios:

Acreditado el cumplimiento de los requisitos, el SNE en la entidad federativa dispone de un plazo no mayor a 20 días hábiles para hacer del conocimiento de los solicitantes, la respuesta a su solicitud de fortalecimiento de la iniciativa de ocupación por cuenta propia. De no resolver en dicho plazo, se entenderá que la respuesta fue en sentido positivo, en cuyo caso la entrega del apoyo estará sujeta a que se cuente con la disponibilidad presupuestaria respectiva. En la situación particular en que se presenten más solicitantes que el monto de recursos disponibles, se dará prioridad a las personas que cumpliendo con los requisitos señalados, hayan presentado primero su solicitud.

14.    El numeral 3.4.2.5.1. Derechos, se modifica para quedar como sigue:

“3.4.2.5.1. Derechos

      Recibir el apoyo económico que corresponda, una vez cumplidos los requisitos respectivos a la normatividad del Subprograma, lo cual estará sujeto a que se cuente con la disponibilidad presupuestaria.

15.    En el numeral 3.5.3.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos, se modifican la segunda y cuarta viñeta para quedar como sigue:

“3.5.3.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos

      Contar con experiencia laboral mínima de tres meses en el sector formal, lo cual se podrá comprobar con la presentación de, entre otros documentos, copia de la constancia de alta o baja del IMSS, ISSSTE u otro esquema de seguridad social o, en su caso, comprobar que trabajó bajo el régimen de honorarios en el sector formal;

      Realizar el trámite “Solicitud de Apoyo a la capacitación y búsqueda de empleo a desempleados y subempleados”, para lo cual deberá llenar el formato “Registro Personal”, anexando copia de la CURP, así como de la información que sustente su situación de desempeño previo en el sector formal de la economía o, en su caso, copia del oficio de liberación o preliberación del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) o Centro de Readaptación Social (CERESO) correspondiente, y

…”

16.    En el numeral 3.5.3.2. Procedimiento de selección, se modifica el inciso e) para quedar como sigue:

“3.5.3.2. Procedimiento de selección

e)      En la situación particular en que se presenten más solicitantes que el monto de recursos disponibles, se dará prioridad a las personas que cumpliendo con los requisitos señalados, hayan presentado primero su solicitud.

17.    En el numeral 3.5.4. Características de los apoyos (tipo y monto), se modifica el tercer párrafo para quedar como sigue:

“3.5.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

La primera exhibición se proporcionará una vez que se confirme que el solicitante del apoyo cumple con los requisitos establecidos y que el SNE en la entidad federativa cuente con los recursos presupuestales correspondientes.

…”

18.    En el numeral 3.6.1.4. Características de los apoyos, se adiciona una sexta fila en el primer cuadro “MLI TIPO DE APOYO, MONTO”, y se modifica el tercer cuadro “MLI. Número de apoyos factibles de otorgar a un beneficiario”, para quedar como sigue:

“3.6.1.4. Características de los apoyos

Tipo, monto y número de apoyos:

MLI

TIPO DE APOYO

MONTO

ZONA EXPULSORA

ZONA RECEPTORA

Seguro de accidentes personales, en su traslado a las áreas receptoras y de retorno a su lugar de origen.

Conforme a lo establecido en la póliza respectiva.

Conforme a lo establecido en la póliza respectiva.

MLI

Número de apoyos factibles de otorgar a un beneficiario

Movilidad

Zona Expulsora

Zona receptora

Total máximo de apoyos

Apoyo de movilidad laboral

Apoyo de capacitación

Apoyo de movilidad laboral

Apoyo de capacitación

Movilidad Laboral Intraestatal

1

12

1

12

34

…”

19.    En el numeral 3.6.1.5.1. Derechos, se adiciona una quinta viñeta para quedar como sigue:

“3.6.1.5.1. Derechos

      Seguro de accidentes personales, en su traslado a las áreas receptoras y de retorno a su lugar de origen.

20.    En el numeral 3.6.2.2. Población Objetivo, se modifica el primer párrafo, para quedar como sigue:

“3.6.2.2. Población Objetivo

La población potencial del Subprograma en esta modalidad está conformada por todas las personas desempleadas o subempleadas que están dispuestas a cambiar de residencia por motivo de incorporarse a una oportunidad de trabajo en un lugar distinto al de su residencia habitual.

…”

21.    En el numeral 3.6.2.3.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos, se modifica la primera viñeta para quedar como sigue:

“3.6.2.3.1. Criterios de elegibilidad y/o requisitos

       Ser desempleado o subempleado con disposición para migrar de manera permanente o temporal;

…”

22.    En el numeral 3.6.2.4. Características de los apoyos, se adiciona una sexta fila y se modifica la segunda columna de la última fila del cuadro, para quedar como sigue:

“3.6.2.4. Características de los apoyos

Tipo, monto y número de apoyos:

MLI
TIPO DE APOYO

DETALLE DEL APOYO

SNE EXPULSOR

SNE RECEPTOR

Seguro de accidentes personales, en su traslado a las áreas receptoras

Conforme a lo establecido en la póliza respectiva

No aplica

Apoyo para la movilidad laboral.

$1,200.00

No aplica

 

…”

23.    En el numeral 3.6.2.5.1. Derechos, se adiciona una quinta viñeta para quedar como sigue:

“3.6.1.5.1. Derechos

      Seguro de accidentes personales, en su traslado a las áreas receptoras.

24.    En el numeral 3.9. Coordinación Institucional, se modifica el octavo párrafo para quedar como sigue:

“3.9. Coordinación Institucional

Para fortalecer e incrementar la asignación presupuestaria y las acciones que se llevan a cabo en el marco del PAE, la STPS establece una modalidad de distribución de recursos denominada “Estímulo a la Aportación Estatal”, mediante la cual por cada peso que los gobiernos estatales asignen a la ejecución del Programa, la STPS asignará una cantidad equivalente al doble de su aportación (numeral 4.1.2.2. de las presentes Reglas de Operación).

25.    El numeral 4.1.2. Distribución de los recursos al Servicio Nacional de Empleo de las entidades federativas, se modifica para quedar como sigue:

“4.1.2. Distribución de los recursos al Servicio Nacional de Empleo de las entidades federativas

Con el propósito de distribuir los recursos federales asignados a los Programas, e impulsar la participación y corresponsabilidad de los gobiernos de las 32 entidades federativas del país en el financiamiento del PAE y PDLM, la STPS a través de la CGE, calcula y determina el monto de asignación presupuestaria por entidad federativa mediante tres modalidades de distribución denominadas: i) Distribución por Criterios, ii) Distribución por Estímulo a la Aportación Estatal
y iii) Distribución por Estímulo a la participación estatal en la Conferencia Mexicana de Secretarios del Trabajo.

26.    En el numeral 4.1.2.1. Distribución por Criterios, se modifican el primer y segundo párrafos para quedar como sigue: