ACUERDO AS1.HCT.270208/34.R.DIR del H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, dictado en sesión celebrada el 27 de febrero de 2008.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.
El
H. Consejo Técnico, en la sesión celebrada el día 27 de febrero del presente
año, dictó el Acuerdo número AS1.HCT.270208/34.R.DIR, en los siguientes términos:
“Este
Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 251, fracciones I, IV, VII,
VIII, XII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XXI, XXVIII, XXX, XXXV y XXXVII, 263 y 264,
fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social y, 31, fracciones II,
XIX y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social,
Acuerda: Primero.- Dejar sin efectos
la fracción VII, del Punto Primero,
del acuerdo 534/2006, dictado en la sesión celebrada 29 de noviembre de 2006,
publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 18 de diciembre de
2006, a fin de que la facultad contenida en la fracción XX, del artículo 144,
del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y en la fracción
VI, del artículo 150, del mismo ordenamiento, sea ejercida de manera
concurrente por el Delegado o Subdelegado que corresponda. Segundo.- Instruir a
la Dirección Jurídica, a efecto de que tramite la publicación del presente
Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- El presente acuerdo
entrará en vigor a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación”.
Atentamente
México,
D.F., a 28 de febrero de 2008.- El Secretario General, Juan
Moisés Calleja García.- Rúbrica.