Estimado Síndico


Me permito solicitar su valioso apoyo para que por su amable conducto  le informe a los integrantes de la agrupación que representa el siguiente comunicado:

Con motivo de la reforma realizada a los artículos 116, último párrafo, inciso b),117, fracción III, inciso e) y 175 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con la fracción V del Artículo Quinto Transitorio de dicha Ley, relativa a la obligación de presentar declaración anual por el ejercicio fiscal de 2006 por los asalariados cuyos ingresos anuales excedan de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos), opcional para los que obtengan ingresos inferiores a esa cantidad, a fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación se está elaborando una regla de carácter general para publicarse en la Resolución Miscelánea Fiscal, en el sentido de ampliar el plazo al 7 de febrero para que el trabajador presente el escrito al patrón comunicándole que se va a presentar la declaración anual.

En este sentido, el patrón no debe efectuar el cálculo del impuesto sobre la renta anual de aquellos trabajadores con ingresos entre $300,000.01 y $400,000.00 que le hubieran presentado el escrito dentro del plazo mencionado.

Por otra parte, es importante señalar que de acuerdo a lo previsto en las reglas 2.19.2 y 2.20.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, las personas físicas que presenten declaración anual, así como las que presenten Declaración Informativa Múltiple, en todos los casos, además de asentar la  clave del Registro Federal de Contribuyentes a 13 posiciones, deberán señalar la Clave Única de Registro de Población (CURP).


Se envía un cordial Saludo.



Programa de Síndicos del Contribuyente