"ASOCIACION NACIONAL DE FISCALISTAS.NET A.C."
COMPILADOR
MIGUEL CHAMLATY TOLEDO.
CONTADOR PUBLICO Y MAESTRO EN IMPUESTOS POR LA UNIVERSIDAD CRISTOBAL COLON . COLABORADOR DE DIVERSAS REVISTAS ESPECIALIZADAS EN MATERIA FISCAL. SOCIO DE CHAMLATY PEREZ Y ASOCIADOS S.C. CONSULTORES FISCALISTAS. VICEPRESIDENTE DE LA ANAFINET A.C. CATEDRATICO Y SINDICO DEL CONTRIBUYENTE DE LA UNIVERSIDAD JEAN PIAGET DEL PUERTO DE VERACRUZ.
ES UN HONOR ELABORAR LA COMPILACION DE LA RESOLUCION MISCELANEA 2004 PARA LA COMUNIDAD DE SOCIOS ANAFINET A.C., SIN DUDA ES UNA HERRAMIENTA QUE NOS APOYARA A LOCALIZAR Y HACER MAS SENCILLA LA BUSQUEDA DE ALGUNA REGLA MISCELANEA, EN ELLA SE INCORPORA ENCABEZADOS QUE DE MANERA RAPIDA Y BREVE NOS DA UNA IDEA DE LO SE REFIERE, ESPERO SEA DE SU UTILIDAD, RECUERDEN QUE CONFORME SALGAN MODIFICACIONES ESTAS SE IRAN AGREGANDO SEÑALANDO LA ADICION,MODIFICACION O DEROGACION RESPECTIVA QUE TENGA LA REGLA.
MODIFICACIONES 2004. REGLAS POR FECHA DE APARICION.
PRIMERA
Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 y
sus anexos 7 y 20.
Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.
PRIMERA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2004 Y SUS
ANEXOS 7 Y 20.
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal,
33 fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción
III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o. fracción XVII
del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio
de Administración Tributaria resuelve:
Primero.
Se reforman las reglas 3.16.2.;
3.30.1., segundo párrafo; 3.30.3., segundo párrafo;
se adicionan las
reglas 2.1.16.; 2.10.20.; 2.10.21.; con un Capítulo 2.22. denominado “Medios
electrónicos”,
que comprende las reglas 2.22.1. a 2.22.11.; 3.1.5.; 3.4.17.; y con
un Capítulo 3.31. denominado “De los fideicomisos inmobiliarios a que se
refieren los artículos 223 y 224 de la Ley del ISR”, que comprende las reglas
3.31.1. a 3.31.3., y se derogan las
reglas 1.2., fracción I, segundo párrafo, y 2.20.3., de la Resolución Miscelánea
Fiscal para 2004 en vigor, para quedar de la siguiente manera:
SEGUNDA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL PARA 2004 Y SUS ANEXOS 1, 7, 11, 15 Y 21.
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14,
fracción III de la Ley del Servicio de .
Administración Tributaria y 4o., fracción XVII del Reglamento Interior del
Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración
Tributaria resuelve:
Primero. Se reforman las reglas 3.30.1., segundo párrafo; 3.30.2., último párrafo; 3.30.3., segundo párrafo; 6.9., primer párrafo; 6.32., y 7.3.1., sexto párrafo, y Vigésimo Cuarto Transitorio, y se adicionan las reglas 2.2.7.; 2.3.27.; con un Capítulo 2.23. denominado “Solicitudes y avisos por Internet”, que comprende las reglas 2.23.1. a 2.23.4., y con un Capítulo 5.8. denominado “Régimen de Pequeños Contribuyentes”, que comprende las reglas 5.8.1. a 5.8.9., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en vigor, para quedar de la siguiente manera:
TERCERA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL PARA 2004 Y SUS ANEXOS 1, 7, 11, 14, 15 Y 20.
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal,
33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción
III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o., fracción XVII
del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio
de Administración Tributaria resuelve:
Primero. Se reforman las reglas 2.2.5., primer párrafo en su tabla; 2.3.15., primer párrafo; 2.3.26., primer párrafo; 2.4.12.; 2.9.4., primero, segundo y tercer párrafos; 3.4.16., primer párrafo y sus fracciones II y IV; 3.9.1., quinto, séptimo, octavo, décimo, décimo segundo y último párrafos; 3.9.3., rubros B, C y E; 3.10.1., y 3.30.1., segundo párrafo, se adicionan las reglas 2.1.17.; 2.1.18.; 2.2.8.; 2.4.28.; 2.9.19.; 2.20.3.; 2.20.4., con un último párrafo; 2.22.12.; 3.4.15., con un penúltimo y último párrafos; 3.4.16., con una fracción VI; 3.4.18.; 3.7.2.; 3.8.3.; 3.9.2., con un último párrafo; 3.12.3.; 3.16.4.; 3.21.13.; 3.26.9; 5.1.13; 13.11., y un Título 15 denominado “Del Decreto por el que se exime del pago de los impuestos especial sobre producción y servicios y al valor agregado a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de julio de 2004.”, que comprende de las reglas 15.1. a la 15.3., y se derogan las reglas 2.1.12., y 2.23.1., fracción IV, segundo párrafo y fracción V, segundo párrafo, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en vigor, para quedar de la siguiente manera:
Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.
CUARTA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL PARA 2004.
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, 33 fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14
fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o., fracción
XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el
Servicio de Administración Tributaria resuelve:
Primero. Se adicionan el
Capítulo 2.24. denominado “De los controles volumétricos para gasolina,
diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para
combustión automotriz, que se enajenen en establecimientos abiertos al público”,
que comprende de las reglas 2.24.1. a la 2.24.38., y el Título 15. denominado
“Decreto por el que se
otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel marino
especial, para su consumo final y que sea utilizado exclusivamente como
combustible
en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la
marina mercante, publicado en el DOF el 6 de abril de 2004”, el cual contiene
la regla 15.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en vigor,
para quedar de la siguiente manera:
QUINTA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL PARA 2004 Y SUS ANEXOS 1, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 16-A Y 17
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14,
fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o., fracción
XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el
Servicio de Administración Tributaria resuelve:
Primero. Se reforman las reglas 2.1.14.; 3.13.5., primer párrafo; 3.23.8., fracción III, primer párrafo; 3.30.1., segundo párrafo; 3.30.2., último párrafo; 6.8., primer párrafo; 6.17., primer párrafo; 6.18.; 6.19.; 6.23. y 12.3., primer párrafo, se adicionan las reglas 2.10.22.; los Capítulos 2.25. denominado “Del pago de derechos, productos y aprovechamientos vía Internet”, que comprende las reglas 2.25.1. a la 2.25.4.; 2.26. . denominado “Del pago de derechos, productos y aprovechamientos por ventanilla bancaria”, que comprende las reglas 2.26.1. a la 2.26.4.; y 2.27. denominado “Disposiciones adicionales para el pago de derechos, productos y aprovechamientos vía Internet y ventanilla bancaria, que comprende las reglas 2.27.1. a la 2.27.4.; 3.4.19.; 3.9.7.; 3.13.5., con un último párrafo; 3.17.14.; 3.21.14.; 3.23.8., fracción III con un segundo párrafo, y se derogan las reglas 3.23.8., antepenúltimo párrafo, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en vigor, para quedar de la siguiente manera:
Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SEXTA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL PARA 2004
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14,
fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o., fracción
XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el
Servicio de Administración Tributaria resuelve:
Primero. Se reforman las reglas 2.10.4.; 2.16.1., segundo, tercero y cuarto párrafos; 2.19.1., segundo y tercer párrafos; 2.24.11., fracción III; 2.24.12., primer párrafo; 2.24.23., fracción III; 2.24.24., primer párrafo; 2.24.36., fracción III; 2.24.37., primer párrafo, y se derogan las reglas 2.16.1., último párrafo; 2.19.1., último párrafo; 2.24.5., fracción III; 2.24.8., numeral 2; 2.24.17., fracción III; 2.24.20., numeral 1; 2.24.30., fracción III; 2.24.33., numeral 3, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en vigor, para quedar de la siguiente manera:
SEPTIMA
Resolución de Modificaciones a la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2004. DOF 28/12/2004
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14,
fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o., fracción
XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el
Servicio de Administración Tributaria resuelve:
Primero. Se reforman las reglas 2.9.16., fracciones XVI, XXI, XXII y XXIII; 2.17.1., primer párrafo y las fracciones I y II, segundo y tercer párrafos; 2.17.2.; 2.17.3., primer y segundo párrafos; 2.18.1., primer párrafo; 2.18.2., cuarto y quinto párrafos; 2.19.2.; 2.19.3.; 2.20.1., primer párrafo y su fracción I; 2.20.2., tercer párrafo; 2.20.5.; 2.20.6.; 2.21.1., primer y segundo párrafos; 2.21.3.; 3.21.4., fracción IV; 3.21.14.; 4.1.; 7.1.1., rubros B., E. e I.; 7.4.1., primer párrafo; 7.4.2., primer párrafo; 7.4.3.; 9.2.; 9.32.; 10.2., primer párrafo; 10.3., y 12.3., segundo párrafo, se adicionan las reglas 2.1.12.; 2.1.19.; 2.1.20.; 2.20.9.; 2.20.10.; 2.21.2., con un último párrafo; 2.21.4.; el Título 2, con un Capítulo 28, denominado “Remate de bienes embargados”; 2.28.1.; 2.28.2.; 2.28.3.; 2.28.4; 2.28.5.; 2.28.6.; 2.28.7.; 2.28.8.; 2.28.9.; 3.4.20., 3.4.21.; 3.4.22.; 3.4.23.; 3.5.15.; 3.5.16.; 3.9.8.; 3.12.4.; 3.13.7.; 3.21.4., con un penúltimo párrafo; 3.31.4.; 5.1.14.; 5.2.13.; 5.2.14.; 6.34.; 6.35.; 6.36.; 7.3.1., con un último párrafo; 9.33.; 9.34.; 9.35.; 9.36.; 13.12.; el Título 17, denominado “Del Decreto por el que se otorgan diversos estímulos fiscales para el uso de medios de pago electrónicos en las empresas que se indican, publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2004” y la regla 17.1. y se derogan las reglas 2.9.16., fracción XXIV; 2.20.7.; 7.1.1., rubros A., C., D., F., G. y H., y 7.2.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en vigor, para quedar de la siguiente manera:
Octava
Resolución de Modificaciones a la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 y sus
Anexos 1, 7, 8, 11, 18 y 19. DOF 25/02/2005
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g)
del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio
de Administración Tributaria y 4o., fracción XVII del Reglamento Interior del
Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración
Tributaria resuelve:
Primero.
Se reforman las reglas 2.1.14., 2.2.2., primer párrafo; 2.3.26.; primer párrafo;
2.4.24., fracción II, segundo párrafo; 2.9.15.; 2.9.17.; 2.17.1., fracción
II, tercer párrafo; 2.24.2. fracción VI, 3.11.5, fracciones I, segundo párrafo,
II, III, segundo párrafo y cuarto párrafo de la regla; 3.11.7.; 3.11.8.;
3.11.9.; 3.11.10., primer párrafo; 3.13.6.; 3.15.4.; 3.16.2.; 3.19.3.;
3.20.1.;3.21.4., penúltimo párrafo, 3.21.6., fracción III, 3.23.3; 3.30.3.,
primer y tercer párrafos; 13.1., primer y segundo párrafos y fracción I, y 13.2., primer párrafo
y fracción I, se adicionan
las reglas 2.1.16., con un segundo párrafo; 2.1.20., con un segundo párrafo;
2.1.21.; 2.3.6., con un último párrafo; 2.3.12., con dos párrafos; 2.3.26.,
con un segundo párrafo, 2.10.23.; 2.10.24.;2.20.6., con un segundo párrafo,
2.21.1., con un cuarto párrafo, 2.24.10. con un tercer párrafo, 3.4.24.;
3.4.25.; 3.9.9., 3.11.11.; 3.11.12.; 3.21.4., fracción IV, inciso c) con un
segundo párrafo, 3.21.5., fracción IV, con un segundo párrafo, 4.13.; 4.14.; 5.1.15.;
7.2.4.; 13.13.; 13.14., y 13.15., y se derogan
las reglas 2.16.2., y 3.15.5., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 en
vigor, para quedar de la siguiente manera:
NOVENA
Resolución de Modificaciones a
Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.
NOVENA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de
Primero.
Se reforman
las reglas 2.1.17., fracciones I, IV, primer párrafo, y penúltimo párrafo;
3.4.15., tercero, cuarto y quinto párrafos; 3.4.21.; 5.8.1.; 5.8.2.; 5.8.4.,
fracciones I y III; 5.8.5.; 5.8.6., segundo párrafo; 5.8.8.,
y 9.1., primer párrafo, y
se adicionan las
reglas 3.4.26.; 3.4.27.; 3.4.28.; 3.4.29.; 3.4.30.; 3.4.31.; 3.17.15.; 5.2.15.;
9.1., con un segundo párrafo, y 9.37., de
DECIMA
RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
Con
fundamento en los artículos 16 y 31 de
Primero.
Se adicionan las reglas 17.2., 17.3., 17.4., 17.5., 17.6., 17.7., 17.8., 17.9.,
17.10., 17.11., 17.12., 17.13., 17.14. y 17.15. de