"ASOCIACION NACIONAL DE FISCALISTAS.NET A.C."
RESOLUCION MISCELANEA 2010 COMPILACION ACTUALIZADA
COMPILADOR
MIGUEL CHAMLATY TOLEDO.
CONTADOR
PUBLICO CERTIFICADO POR EL IMCP, MAESTRO EN IMPUESTOS POR
LA UNIVERSIDAD CRISTOBAL
COLON . COLABORADOR DE DIVERSAS REVISTAS ESPECIALIZADAS EN
MATERIA FISCAL. SOCIO DE CHAMLATY
PEREZ Y ASOCIADOS S.C. CONSULTORES FISCALISTAS. PRESIDENTE DE LA
ANAFINET A.C. EXPOSITOR Y CATEDRATICO EN DIVERSOS FOROS,
CAPACITADORAS Y
UNIVERSIDADES DEL PAIS.
RECIENTEMENTE PASANTE DE LA LICENCIATURA EN DERECHO.
ES
UN HONOR ELABORAR LA COMPILACION DE LA RESOLUCION MISCELANEA 2010.
AQUI PODRAN ACCESAR OBSERVANDO LAS DIVERSAS ACTUALIZACIONES QUE PUDIERA TENER LA
RM.
ANEXOS A LA RESOLUCION
MISCELANEA 2010
RESOLUCION MISCELANEA 2010 ORIGINAL
RESOLUCION MISCELANEA 2010 ACTUALIZADO
A
LA 4TA MOD DEL 24 DE MAYO DE 2011 ARCHIVO EN WORD.
RESOLUCION MISCELANEA 2010 ACTUALIZADO
A
LA 4TA MOD DEL 24 DE MAYO DE 2011 ARCHIVO ZIP.
Primera Resolución de Modificaciones a
DOF
14/09/2010
PRIMERO.
Se adicionan los numerales 30 al 37 del Glosario,
respecto del Libro Primero, se adiciona
el Capítulo I.2.23. denominado “De los Comprobantes Fiscales”, que comprende de
las Secciones I.2.23.1. a
Respecto del Libro
Segundo, se adiciona el Capítulo
II.2.23. denominado “De los Comprobantes Fiscales”, que comprende de las
Secciones II.2.23.1. a
Segunda Resolución
de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y sus anexos 1 y
1-A.
DOF 3/12/2010
PRIMERO.
Respecto del Libro Primero, se
reforman las reglas I.2.1.4.;
I.2.1.5.; I.2.1.7.; I.2.1.12., fracción III; I.2.1.14.; I.2.1.15.; I.2.5.2.,
primero, séptimo y noveno párrafos; I.2.5.3.; I.2.5.5.; I.2.10.6., primer
párrafo, fracción III y último párrafo; I.2.10.13., primero, segundo y tercer
párrafos; I.2.11.4., fracción I; I.2.23.3.4., segundo párrafo; I.3.1.4.;
I.3.1.6., primer párrafo; I.3.2.12., primer párrafo; I.3.3.1.9., primer párrafo
y fracción II; I.3.3.1.10., segundo párrafo; I.3.8.3., primer párrafo; I.3.9.2.,
primero y octavo párrafos; I.3.9.8., fracción VI; I.3.9.13., penúltimo y último
párrafos; I.3.9.15., primer párrafo; I.3.14.7.; I.3.15.17., primer párrafo;
I.3.16.2.; I.3.16.5.; I.3.17.5., primer párrafo; I.3.17.9.; I.4.4.3., fracciones
II y III; I.5.3.1., primer párrafo; I.11.7., segundo párrafo; I.13.1.3.,
fracciones I, inciso c) y III; se
adicionan las reglas I.2.1.10., con un segundo párrafo; I.2.1.18.;
I.2.18.14.; I.2.22.2.; I.3.2.18.; I.3.3.1.22.; I.3.9.4., con un segundo párrafo;
I.3.16.7.; I.6.2.5., con un tercer párrafo; I.6.2.9., y se
derogan las reglas I.2.5.2., último
párrafo; I.2.18.1., segundo y tercer párrafos; pasando el actual cuarto párrafo
a ser segundo párrafo; I.3.9.2., tercer párrafo; pasando los actuales cuarto a
décimo primer párrafos, a ser tercero a décimo párrafos; I.3.9.11., segundo
párrafo; I.6.1.3. y I.11.28. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, para
quedar de la siguiente manera:
TERCERO. Respecto del Libro Segundo, se
reforman las reglas II.2.1.5.,
primero y último párrafos; II.2.1.11.; II.2.3.1., primero, cuarto, sexto,
séptimo y octavo párrafos; II.2.3.2.; II.2.3.4., primer párrafo; II.2.3.5.,
primer párrafo, fracciones I, II y III; II.2.3.6., primer párrafo, fracciones I,
II y último párrafo; II.2.8.1., primer párrafo; II.2.8.5., fracción IV;
II.2.15.5., segundo y penúltimo párrafos; II.2.19.1., fracción I; II.2.19.2.,
segundo párrafo en su calendario y tercer párrafo; II.2.20.1., primer párrafo;
II.2.23.3.6., fracción I y penúltimo párrafo; II.3.4.4., primer párrafo;
II.6.2.5.; II.6.2.8., primer párrafo; II.6.2.20., fracciones I y IX; II.6.3.1.,
fracción II; II.10.5., fracción VII; II.11.2., fracción VIII, inciso b), numeral
3; se adicionan las reglas
II.2.1.13.; II.2.3.1., con un cuarto párrafo, pasando los actuales cuarto a
décimo párrafos, a ser quinto a décimo primer párrafos; II.2.10.7.; II.2.18.3.;
II.2.19.1., con un último párrafo; II.5.2.1., con un segundo párrafo, pasando
los actuales segundo y tercer párrafos a ser tercer y cuarto párrafos; II.9.4.;
el Capítulo II.13.3., denominado “Del Decreto por el que se otorgan beneficios
fiscales a los contribuyentes afectados por el sismo ocurrido en los municipios
de Mexicali, Baja California y San Luis Río Colorado, Sonora, publicado en el
DOF el 20 de abril de 2010”, que comprende las reglas II.13.3.1. y II.13.3.2.;
el Capítulo II.13.4., denominado “Del Decreto por el que se otorga un estímulo
fiscal relacionado con el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, publicado
en el DOF el 25 de junio de 2010”, que comprende las reglas II.13.4.1. y
II.13.4.2.; el Capítulo II.13.5., denominado “Del Decreto por el que se otorgan
facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado
en el DOF el 30 de junio de 2010”, que comprende las reglas II.13.5.1. a la
II.13.5.3.; el Capítulo II.13.6., denominado “Del Decreto por el que se otorgan
los beneficios fiscales que se mencionan, a los contribuyentes de las zonas
afectadas de los Estados de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas por el fenómeno
meteorológico Alex, publicado en el DOF el 16 de julio de 2010”, que comprende
las reglas II.13.6.1. a la II.13.6.3. y el Capítulo II.13.7., denominado “Del
Decreto por el que se otorgan los beneficios fiscales que se mencionan, a los
contribuyentes de las zonas afectadas del Estado de Veracruz por los fenómenos
meteorológicos que se mencionan en el mismo, publicado en el DOF el 24 de
septiembre de 2010” que comprende las reglas II.13.7.1. y II.13.7.2.,
y se derogan las reglas
II.2.3.1., segundo y tercer párrafos; pasando los actuales cuarto a décimo
párrafos, a ser segundo a octavo párrafos; II.2.3.6., fracción III; II.2.3.7.,
fracción III; II.2.4.2.; II.2.8.1., fracciones I a la VII; II.2.19.1., fracción
III; II.2.20.1., fracciones I a la V; II.3.2.1.3.; II.3.4.1.; II.3.4.3.;
II.3.4.4., fracciones I a la IV y último párrafo; II.3.7.1.3.; II.3.9.2.;
II.3.9.4.; II.3.9.6.; II.3.11.1.; II.6.2.8., fracciones I a la III y penúltimo
párrafo; II.6.3.1., fracciones III y IV, pasando las actuales V y VI a ser III y
IV y penúltimo párrafo y II.9.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010,
para quedar de la siguiente manera:
Tercera
Resolución de Modificaciones a
DOF 28/12/2010
PRIMERO.
Se reforma el numeral 37 del Glosario, respecto del Libro Primero, se
reforman las reglas I.2.1.4., primer
párrafo; I.2.5.5., segundo párrafo; I.2.10.1., primer párrafo; I.2.10.2.;
I.2.10.3., primer a tercer párrafos; I.2.10.4., primer párrafo; I.2.10.9.;
I.2.10.11; I.2.10.14.; I.2.10.15.; I.2.10.16.; I.2.10.19., sexto párrafo;
I.2.10.20., penúltimo párrafo; I.2.11.3.; I.2.11.8.; I.2.12.1.; I.2.12.2.,
primer párrafo; I.2.12.3.; I.2.12.4., primero, segundo, tercero, cuarto párrafo,
fracciones I, en su primer párrafo, II y III; I.2.13.2.; I.2.13.3.; I.2.13.4.;
I.2.13.5., primer párrafo; I.2.13.6.; I.2.23.1.1., fracción IV; I.2.23.2.2.,
primer párrafo; I.2.23.4.1.; I.2.23.5.5., quinto y sexto párrafos; I.2.23.5.6.;
I.2.23.5.7., primero y segundo párrafos; I.2.23.5.8.; I.2.23.5.9.; I.2.23.5.10.;
I.3.3.1.1., fracción III; I.3.3.1.9., fracción II; I.3.3.1.10., fracción II;
I.3.6.10.; I.3.6.13., primero, tercero y cuarto párrafos; I.3.6.15., primer
párrafo y fracción I; I.3.6.16., primero, segundo y tercer párrafos; I.3.9.2.,
cuarto párrafo; I.3.9.3., segundo párrafo; I.3.9.6.; I.3.16.2.; I.4.2.6.;
I.4.3.8., primer párrafo; I.9.1., primer párrafo; I.9.27., segundo párrafo;
I.10.1., segundo a quinto párrafos; I.10.2., segundo a sexto párrafos; I.12.5.,
en su encabezado, se adicionan las reglas I.2.1.7., segundo párrafo, con la fracción III;
I.2.10.14, con un segundo párrafo; I.2.10.18., con un último párrafo;
I.2.10.22.; I.2.10.23.; I.2.23.2.1.; fracción V; I.2.23.2.2., con un octavo a
décimo segundo párrafos; I.3.3.3.12.; I.3.17.15., con un segundo párrafo;
I.12.9.; el Capítulo I.13.7., denominado “Del Decreto para el fomento de la
industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación, publicado en
el DOF el 1 de noviembre de 2006 y modificado a través de los diversos
publicados en el mismo órgano de difusión el 16 de mayo de 2008 y 24 de
diciembre de 2010”, que comprende la regla I.13.7.1., y se
derogan las reglas I.2.9.2.; I.2.9.3.; I.2.9.4.; I.2.9.5.;
I.2.10.1., segundo párrafo; I.2.10.7.; I.2.10.12.; I.2.10.17.; I.2.10.19.,
segundo, tercero y último párrafos, pasando los actuales cuarto a octavo
párrafos a ser segundo a sexto párrafos; I.2.10.21.; I.2.11.1.; I.2.11.2.;
I.2.11.4.; I.2.11.5.; I.2.11.6.; I.2.11.9.; I.3.6.9.; I.3.6.11.; I.3.6.12.;
I.3.8.1.; I.4.3.2.; I.4.3.5.; I.12.1. y I.12.2., de
SEGUNDO.
Respecto del Libro Segundo, se reforman
las reglas II.2.8.3., primer párrafo; II.2.8.5.; II.2.9.1., fracción VII;
II.2.23.3.5., fracción III; II.2.23.5.2.; II.2.23.5.3.; II.2.23.5.4.;
II.2.23.5.5.; II.2.23.5.6.; II.2.23.5.7.; II.3.2.1.1., fracción III y penúltimo
párrafo; II.3.7.1.2.; II.3.10.7.; II.5.4.3., en su referencia; II.13.2.2.,
fracciones I, IV y V; II.13.5.2., segundo párrafo, se
adicionan las reglas II.2.3.1. con un
segundo y tercer párrafos, pasando los actuales segundo a décimo párrafos a ser
cuarto a décimo segundo párrafos; II.2.3.6., primer párrafo con una fracción
III; II.2.8.3., con un último párrafo; y se
derogan las reglas II.2.7.1.;
II.2.7.2.; II.2.8.1.; II.2.8.4.; y II.5.4.4., de
CUARTA Resolución de Modificaciones a
PRIMERO. Se
adiciona el numeral 38 del Glosario,
respecto del Libro Primero, se
reforman las reglas I.2.1.4.; I.2.5.1.; I.2.5.2.; I.2.5.5., segundo párrafo; I.2.6.5.; I.2.21.4.;
I.3.12.3.1.; I.3.15.16.; I.3.16.3., fracción I, en su segundo párrafo, así como
cuarto y quinto párrafos; I.12.4., primer párrafo; se
adicionan las reglas I.2.1.19.;
I.2.7.5.; I.3.17.19., y el Capítulo I.13.8., denominado “Del Decreto por el que
se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos
por servicios educativos, publicado en el DOF el 15 de febrero de 2011”, que
comprende las reglas I.13.8.1. a
SEGUNDO.
Respecto del Libro Segundo,
se reforman las reglas II.2.3.1.;
II.2.3.2.; II.2.3.4., primer párrafo; II.2.3.5.; II.2.11.1., primer párrafo, en
su fracción I, así como segundo y tercer párrafos; II.2.12.1., primero y segundo
párrafos; II.2.12.3., primer párrafo; II.2.14.1., primer párrafo; II.3.10.7., en
su recuadro; II.5.5.1.; se adicionan
las reglas II.2.23.4.1., con un último párrafo; II.2.23.4.5., con una fracción
X; II.11.2., con un último párrafo; los Capítulos II.13.8., denominado “Del
Decreto por el que se otorgan los beneficios fiscales que se mencionan, a los
contribuyentes de las zonas afectadas del Estado de Sinaloa por los fenómenos
meteorológicos que se indican, publicado en el DOF el día 17 de febrero de
2011”, que comprende las reglas II.13.8.1. a